Ampliaron el programa de la ANSES que permite hacer trámites previsionales en el lugar de trabajo

La iniciativa de la Administración Nacional de la Seguridad Nacional (ANSES), destinada a facilitar la gestión de trámites previsionales y asignaciones familiares en los espacios laborales que comenzó a implementarse en 2018, ampliará sus fronteras y alcanzará a más trabajadores.
La medida eliminó del programa “ANSES Va a Tu Trabajo” el requisito mínimo de 100 trabajadores que regía desde la creación del esquema y extendió la cobertura a los familiares directos de los empleados. En esa misma línea, incorporaron a las organizaciones del tercer sector como nuevas entidades elegibles.
Los cambios rigen desde hoy con la publicación en Boletín Oficial de la resolución 178/2026, que incorpora de forma expresa a los cónyuges, convivientes e hijos menores de 18 años de los trabajadores en relación de dependencia que hasta ahora quedaban afuera. Con la definición tercer sector, el Gobierno incorpora organizaciones sin fines de lucro, asociaciones civiles y fundaciones, lo cual representa una novedad respecto del diseño original, que solo contemplaba empresas privadas, organismos estatales y entidades intermedias con representación gremial o sectorial.

El programa funciona como un canal de atención descentralizada, con modalidad presencial y remota, a través del cual ANSES lleva sus servicios directamente a los lugares de trabajo para que los empleados puedan realizar trámites previsionales y de seguridad social sin concurrir a una oficina del organismo.
“La medida propuesta permite ampliar la atención al público en todo el territorio geográfico de la Nación, reduciendo el impacto de requerimientos presenciales en las Oficinas de ANSES y agilizando, en consecuencia, los trámites que deseen realizar”, explica el documento.
En el plano institucional, la resolución transfiere la gestión del programa de forma específica a la Dirección Central de Gestión y Soporte Operativo, dependiente de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, una decisión que se había comunicado en abril por la Resolución 108/2026 pero solo en términos generales.
Junto con las actualizaciones, la norma aprueba dos nuevos anexos que reemplazan a los originales. El primero es un modelo actualizado de Convenio de Adhesión y el Anexo II son las nuevas Condiciones Generales del programa.
Qué dicen los principales puntos del programa
- Prioridad para organismos públicos, se establece de forma explícita que los organismos públicos tendrán prioridad en la evaluación de las solicitudes de adhesión. Los criterios de admisión consideran la capacidad operativa de ANSES, la cantidad de empleados del solicitante y la extensión territorial.
- Canal de difusión y casilla de correo, se incorpora un mecanismo de comunicación formal y se habilita un e-mail tanto para solicitudes de adhesión como para el intercambio de novedades entre las partes.
- Control centralizado de los operadores, cada uno de estos no puede delegar sus funciones salvo autorización expresa de los responsables del programa.
- Representantes técnicos, cada entidad adherida debe designar dos, quienes interactúan directamente con los operadores de ANSES.
- Compromisos de ANSES, se obliga a designar un operador de enlace, controlar y validar la documentación presentada y otorgar a la entidad una Clave de Seguridad Social Corporativa, que solo permite consultas sobre el personal en relación de dependencia asociado al CUIT del empleador.
- Seguridad de los datos, ambas partes están obligadas a adoptar medidas técnicas y organizativas para prevenir la adulteración, pérdida o acceso no autorizado a la información.
- Firma electrónica, la información transferida mediante mecanismos de firma electrónica definidos por ANSES tiene valor de plena prueba. Ninguna de las partes puede repudiar la información brindada ni desconocer las firmas electrónicas utilizadas.
- Vigencia y rescisión, el convenio entra en vigor desde su suscripción y se mantiene mientras rija el programa. Cualquiera de las partes puede rescindirlo de forma unilateral y sin expresión de causa, con un preaviso de 30 días. La rescisión no interrumpe los trámites en curso.

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